Historia

Historia

La historia de Robledollano es muy especial, quizá porque es propiamente es la singularidad lo que caracteriza a nuestro pueblo, y la que proponemos a continuación. Antes, queremos hacer notar que hemos respetado la ortografía original de todos los documentos presentados a continuación y que difiere, como se percatarán, de la actual. También hemos eliminado, a favor de la lectura, aquellas partes en los documentos oficiales en que se repiten los datos.

De 1570 data un documento que explica el origen del pueblo a partir de una venta que daba servicio sobre todo a los trashumantes y la adopción del nombre original provenía de un pimpollar de robles existentes en las cercanías.

Tuvo su fundación entre dos jurisdicciones Cabañas de la Peña, hoy Cabañas del Castillo, y Deleitosa, y de ahí que se le conociese también como Medio Robledo porque al mediodía los habitantes de aquí pagaban sus tributos a la Abadía de Cabañas, mientras el poniente lo hacía el señorío de Deleitosa. Es decir, Medio Robledo, una mitad de un lado y la otra del otro.

Por entonces, el pueblo contaba solo con  cincuenta vecinos, divididos en treinta de la parte de Deleitosa y veinte en Cabañas. Se dedicaban a la labor y ganado caprino, son veintiocho labradores, trece ganaderos y nueve ganaderos, su jornal es de cuatro reales; trabajaban en la recogida de trigo, centeno, cebada y lino. Se araban las tierras con vacas y bueyes.

Se divertían jugando al calva, los naipes, el rentoi y beben entre ellos. Por entonces no había aún Ayuntamiento, ni una cárcel propiamente dicha porque de ésta sirve la casa del ministro.

Hay una parroquia en la que sirven el cura y el sacristán, no había cementerio, tampoco ermita y cada 9 de mayo se hace una romería en honor al Señor San Gregorio, que está en la dehesa de la villa de Cabañas, pero sí existe una ermita en el Río de Viejas donde se ofrecía misa los días de fiesta con la finalidad de que pudieran asistir quienes trabajaban en la herrería contigua a ella. La devoción se debe a los antepasados por causa de la peste de langosta y la procesión va encabezada por hacha de cera de cuatro libras dedicada al santo.

Existe una casa para el abrigo de los pobres, su renta es de tres reales y doce maravedíes. No hay escuela y el sacerdote es el que ejerce de maestro.

En el Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, Partido de Trujillo II, páginas 575 a 595 realizado el día 1 de abril de 1791, apunta:

"Este es el lugar que llaman Robledollano, este dicho pueblo es de dos jurisdiciones, (…) por la parte de el mediodia son y estan sujetos a la villa de Cavañas y (…) al mediodia por la parte de el norte estan sujetos a la villa de Deleytosa, dista de la villa de Cavañas una legua y de la de Deleytosa dos leguas, de la cabeza de partido que es la ciudad de Trujillo dista siete leguas. Su situacion esta en un llano, donde todos los ayres le cojen bien y por todos lados esta rodeado con sierra, dista de la villa de Caceres quince leguas. 
Los terminos por la villa de Cavañas su amplituz a una un quarto de legua y por la villa de Delytosa tenemos el termino como una legua de amplituz, y esto se entiende para en quanto a las lavores, que para en quanto a los pastos tenemos la misma amplituz que tiene la villa cada vecinos por su villa, pues para lavores por no tenerlos este pueblo todos los mas años suelen comprar lavores unos en la villa de Cavañas y otros en la villa de Delytosa, y algunos años todo este comun compran lavor a la villa de Fresnedoso, y asi es quanto podemos informar en quanto a la tierra para labores mas que lo dicho, por falta de no alcanzar mas en este particular.

 Ay abasto publico de vino, aceyte y jabon, los dos de aceyte y jabon estan por la villa, y el abasto de el vino esta arrendado y dan por su arriendo cinco arrobas de vino para dar a los vecinos quando van a caminos y a lobos y acer los apostados, y a echar raya a los arvoles en la quema de las lavores.

(…) solo sirve la casa de el ministro de carcel, ay un madero a proporcion para el que ace algun delito y no le podemos tener preso mas que tres dias y ay unos grillos para el mismo efecto. Las calles estan poco aseadas y bastante anchas y llanas. 
Aqui no ay mas propios que lo que vale el rastrojo, que anualmente asciende cada año a ciento y ochenta reales poco mas o menos, y lo restante asta ochenta ducados que se gasta se reparte sobre los vecinos.

Cofradias ay tres: una de el Santisimo Sacramento, esta mui pobre y su renta asciende cada año a cien reales poco mas o menos y estos todo lo mas se junta de limosna que los fieles acen para alumbrar al el Santisimo y misas a los ermanos vivos y difuntos. Otra ay de la Cruz, que sus caudales consisten en ocho o nueve reses vacunas y algunas eredades que valdran cada un año trescientos reales poco mas o menos, y se convierte dichos maravedies en decir misas por los ermanos vivos y difuntos. Otra ay de el Santisimo Rosario, sus caudales consisten en once o doce reses vacunas y algunas tierras abiertas y una cerca, que sus rentas se invierten en decir misas y otros sufrajios por los ermanos vivos y difuntos.

(…) Aqui solo ay un cirujano aprovado por el protomedicato, que se paga cada vecino una fanega de trigo y una libra de lino. 
Aqui solo ay un rio y un arroyo, que se crian algunas truchas, las que despues que se acaba la moxa de la vea, las cogen el que es para cojerlas de los vecinos.

Aqui ay caza de javalines, venados, ciervas, corzos, conejos y perdices, no se caza en el tiempo de la veda, sino que sea para espantarlos de los sembrados, que por ser mucha la multituz de la caza se comen las cosechas, y ay muchos lobos y por cada cabeza de lobo pagan en las villas quatro ducados y si es loba ocho ducados, y ay zorras y por cada una que se mata pagan en dichas villas diez reales y por un quinquenio se mataran cada año tres o quatro poco mas o menos. 

Los mas de los vecinos tienen colmenas, que entre todas ascenderan a quinientas y cinquenta, pero ninguno tiene colmenares cerrados sino en diferentes partes sin abrigo alguno, se mantienen de las flores de berezo, tomillo y quirola; se cojeran quarenta arrobas poco mas o menos y de cera cada un año diez y ocho arrobas de cera."

En el año 1826, Sebastián de Miñano, en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, se refiere de la siguiente manera a Robledollano.

"Robledo Llano, Aldea Secular de España, provincia de Estremadura, partido de Trujillo, abispado de Plasencia Alcalde Pedaneo, 150 vecinos, 411 habitantes, 1 parroquia. Es aldea de Cabañas. Situada entre sierras muy agrias, montes espesos y tierra inculta, escabrosa y casi inbabitada. Abunda de muchos lobos, ciervos, javalies y machos cabrios. Produce centeno, patatas, miel y lino muy fino. Industria: muchos telares de lienzo y lana que tejen las mugeres, y hacer corchos para colmenas, paneras y otras vasijas." 
Luego, Madoz, en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico Tomo XIII, publicado en Madrid en el año 1849; dice:
"ROBLEDO-LLANO: lugar con ayuntamiento en la provincia de Cáceres (15 leguas), partido judicial de Logrosan (6), diocesis de Plasencia (13), capitania general de Estremadura (Badajoz 29), (…)  es de clima templado, reinan los vientos N. y O. y se padecen tercianas. Tiene 70 casas; escuela dotada con 25 fanegas y 10 celemines de trigo, á la que asisten 28 niños; iglesia parroquial (San Blas), dependiente del Abad de Cabañas, quiem mpmbra un teniente para su servicio, y en los afueras el cementerio. Se surte de aguas potables en una fuente al 0. del lugar, abundante y de buena calidad. Confina el termino por; N. con el de Fresnedoso; E. Castañar de Ibor; S. Retamosa y O. Deleitosa, á distancia de 1 /4 á una.legua, y comprende mucho monte de roble y alcornoque, en terreno escabroso, lleno de barrancos, dedicados esclusivamente para sembrar centeno, y para ganado cabrio. Le baña el rio Ibor á una legua O., en el cual hay un molino harinero. (…)  el correo se recibe en Jaraicejo, por propio cada 8 dias. (…) Poblacion: 70 vecinos, 383 almas

Boletín Oficial del Estado Publicación: 27/05/1955, nº 147 
Departamento: Ministerio de la Gobernación
Páginas: 3207 - 3207 Referencia: 1955/07599

DECRETO de 13 de mayo de 1955 por el que se autoriza la segregación del municipio de Robledollano, del Partido judicial de Logrosan, al que actualmente pertenece. y su incorporación posterior al de Navalmoral de la Mata.
Por razones de interés local, de acuerdo con lo establecido en el articulo veinticinco del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, de diecisiete de mayo de mil novecientos cincuenta y dos: de conformidad con los dictámenes emitidos por la Dirección General de Administración Local y del Consejo de Estado; a propuesta del Ministro de la Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Ministros,

DISPONGO:
Articulo único,- Se autoriza la segregación del municipio de Robledollano, del Partido judicial de Logrosan, al que actualmente pertenece, y su incorporación posterior al de Navalmoral de la Mata.
Asi lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a trece de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco."
FRANCISCO FRANCO. El Ministro de la Gobernación, BLAS PÉREZ GONZÁLEZ
En la actualidad, Robledollano es Partido de Navalmoral de la Mata y de la Audiencia Territorial de Cáceres; en lo eclesiástico a la Iglesia San Blas Obispo y Mártir, del Arciprestazgo de Casatejada, Diócesis de Plasencia y Archidiócesis de Mérida-Badajoz. Tiene un área de 61,74 km² con una población de 337 habitantes en 2014 y una densidad de 5,46 hab/km².